CONTENIDO DE LA CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Duarte Rojas Camila Vianney
Gaytán Ramírez Luis Fernando
Miranda Manjarrez Mara Paulina
Rodríguez Muñoz Ximena
Pérez Ramírez María de Jesús
Rivera Cuevas Alan Aarón
Comic
Historia de las problemáticas antes de la promulgación de la
constitución.
¿Qué es la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos de 1917?
Es la norma establecida para regir jurídicamente al país, la
cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes de la
federación.
Establece las bases para el gobierno y para la organización
de las instituciones en que el poder se asienta, así como el pacto social
supremo de la sociedad mexicana, los derechos y los deberes del pueblo
mexicano.
Fue la primera Constitución de la historia que incluyó
derechos sociales, expresados en los artículos 3, 27 y 123, producto de las
demandas de las clases populares que protagonizaron la Revolución mexicana.
¿Cómo nace?
Después de la Revolución de 1910, como una consecuencia de
ésta y ante el obvio deterioro de las instituciones, México necesitaba
fortalecer su sistema político.
Carranza, convocó en diciembre de 1916 al Congreso para
presentar un proyecto de reformas a la Constitución de 1857.
Promulgación de la Constitución
Promulgada el 5 de febrero de 1917, por el Presidente
Venustiano Carranza.
¿Por qué fue creada?
Para fortalecer nuestro sistema político y garantizar los derechos
sociales de las personas, así como garantizar la seguridad de las personas y su
patrimonio.
Forma de gobierno
Republicana, representativa, demócrata y federal.
División de poderes:
Ejecutivo: ejecuta las leyes (imagen del Presidente
Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos).
Legislativo: hace las leyes (imagen de diputados y
senadores)
Judicial: interpreta las leyes y las hace cumplir a través
de sentencias (imagen de Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal
Electoral)
Estructura de la Constitución de 1917
Compuesta por 136 artículos divididos en 9 títulos
subdivididos en capítulos. Conformada por dos partes, dogmática y orgánica.
En la dogmática quedaron consignadas las garantías
individuales y se reconocen derechos y libertades sociales.
Titulo 1. Dividido en cuatro capítulos, que contiene 38
artículosː
Capítulo Iː De los Derechos Humanos y sus Garantías (Del
artículo 1° al 29).
Capítulo IIː De los mexicanos (Del artículo 30 al 32).
Capítulo IIIː De los Extranjeros (Artículo 33).
Capítulo IVː De los Ciudadanos Mexicanos (Del artículo 34 al
38).
La parte orgánica enuncia la organización de los poderes
públicos con sus respectivas competencias, así como la idea de la soberanía nacional
y la forma de gobierno; consagra la división de poderes y se señalan las
responsabilidades de los funcionarios públicos.
Título 2. Dividido en dos capítulos que contienen 10
artículos (del 39 al 48).
Capítulo I. Trata de la soberanía nacional y de la forma de gobierno.
Capítulo
II. De las partes integrantes de la federación y del territorio nacional
Título 3. Dividido en cuatro capítulos que contienen 58
artículos (del 49 al 107).
Capítulo I. De la división de poderes.
Capítulo II. Del poder legislativo.
Capítulo III. Del poder ejecutivo.
Capítulo IV. Del poder judicial.
Título 4. Contiene 7 artículos (del 108 al 114) y trata de
las responsabilidades de los servidores públicos y patrimoniales del Estado.
Título 5. Contiene 8 artículos (del 115 al 122) y trata de
los estados de la federación y
de la Ciudad de México
Título 6. El título sexto contiene 1 artículo (el 123), que
trata del trabajo y de la previsión social.
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y
socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la
organización social de trabajo, conforme a la ley. Este artículo comprende todo
lo referente a lo laboral.
Título 7. Contiene 11 artículos (del 124 al 134) y trata de
las prevenciones generales.
Título 8. Contiene 1 artículo (el 135), que trata de las
reformas de la Constitución.
Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada
o reformada por la ley. Establece los requisitos para realizar las reformas.
Título 9. contiene 1 artículo (el 136), que trata de la
inviolabilidad de la constitución.
Artículo 136. Esta Constitución no perderá su fuerza y
vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia.
Artículos transitorios.
Son normas jurídicas de carácter prescriptivo cuyo objetivo es determinar el modo de aplicación de los artículos principales de la misma Constitución.
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