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Personas físicas y morales (TAREA 1)

 GAYTAN RAMIREZ LUIS FERNANDO                                                          22/09/2021

Personas físicas y morales

Una persona física no es lo mismo que una persona moral desde el punto de vista del derecho. La persona física es un individuo con existencia real, mientras que una persona moral es solamente una entidad, pero también dotada de personalidad jurídica propia e independiente. 


PERSONA FISICA

Una persona física, también conocida como persona natural, es un individuo con existencia real, dotada de capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones dentro del marco de la ley. Como tal, el de persona física es un concepto jurídico que se remonta a los tiempos del derecho romano. Se utilizaba para referirse a toda aquella persona que, por el hecho de nacer y existir, está ya dotada de un conjunto de atributos dados por el derecho.

La persona física se caracteriza, entre otras cosas, por tener personalidad jurídica, es decir, capacidad para ser titular de derechos y obligaciones, y por serle reconocida capacidad jurídica y para obrar. En este sentido, una persona física o natural puede desempeñar todo tipo de actividades profesionales o comerciales, arredrar o poseer bienes, contraer matrimonio, actuar en su propio nombre o en nombre de otra persona física o moral, entre otras cosas.

PERSONA MORAL

La persona moral, en cambio, no tiene existencia real como tal, sino que es más bien una ficción del derecho para dar reconocimiento a una entidad individual e independiente, conformada por un grupo de personas físicas, sujeta a un conjunto de obligaciones, y dotada de una serie de derechos, como, por ejemplo, las empresas, organizaciones, asociaciones o fundaciones. Las personas morales, también conocidas como personas jurídicas, se constituyen mediante un acto jurídico a través de una escritura pública presentada ante una autoridad del Estado. En dicho documento, quedarán fijadas las bases y las normas que regirán la actividad de la persona moral en cuestión.

Al igual que las personas físicas, las personas morales tienen capacidad jurídica: pueden actuar como sujetos de derecho, poseer o adquirir bienes, contraer obligaciones o ejercer acciones ante un juez.

DIFERENCIAS

CAPACIDAD

Las personas físicas tienen esta habilidad sin distinción. Sin embargo, la capacidad está limitada por algunos factores que dependen de los códigos civiles de cada país (como ser mayor de edad) o por condiciones personales (estar imposibilitado intelectual o físicamente para disfrutar los derechos o cumplir con las obligaciones).

En las personas morales, la capacidad está determinada por el propósito y las actividades que van a llevar a cabo en la empresa u organización. Son estos factores los que determinan cuáles son los derechos y las obligaciones que debe cumplir.

NOMBRE

En las persona físicas el nombre está compuesto, por lo general, por uno o dos nombres propios y dos apellidos: el paterno y el materno.

Para las personas morales, el nombre debe estar compuesto por:

·         Denominación social: es el nombre escogido y registrado libremente por los integrantes de la persona jurídica. Por ejemplo, “Inversiones Firu”.

·         Régimen social: es la clasificación del tipo de persona moral. Por ejemplo, si es sociedad anónima (S.A), sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L), compañía anónima (C.A), etc.

ESTADO CIVIL

Las personas morales no tienen estado civil. Las personas físicas, sí.

El estado civil es la situación de una persona física con respecto a la familia y al Estado.

Ejemplos de estado civil de una persona física son:

·         Soltero (a)

·         Casado (a)

·         Divorciado (a)

·         Viudo (a)

PATRIMONIO

Son todos los bienes y obligaciones (deudas) que pueden ser valuados en dinero. Por ejemplo, cuentas bancarias, dinero en efectivo, propiedades, automóviles, inversiones, etc.

En algunos ordenamientos jurídicos, como el código civil mexicano, se considera que las personas físicas también poseen un patrimonio moral, constituido por:

·         El honor

·         La dignidad

·         El buen nombre o buena reputación.

En las personas morales o jurídicas, los bienes que conforman el patrimonio están desvinculados del patrimonio de las personas físicas que lo componen. Por lo tanto, en caso de contraer una deuda, préstamo, crédito, o quedar en bancarrota, los bienes comprometidos para el pago son exclusivamente los de la persona moral.

NACIONALIDAD

Las personas morales o jurídicas no tienen nacionalidad. Las personas físicas sí la tienen.

La nacionalidad es la condición que adquiere una persona física en relación con un territorio o Estado en particular. Esta condición puede adquirirse por alguna de estas vías:

·         Por nacimiento: cuando una persona física nace en un Estado que se considera territorio propio.

·         Por la nacionalidad de los padres: cuando una persona física tiene padres con una determinada nacionalidad y ese Estado lo reconoce como un connacional, sin importar si nació dentro o fuera del territorio.

DOMICILIO

En el caso de las personas físicas, es la dirección del lugar en el que viven. No todas las personas físicas tienen un domicilio y aun así, siguen teniendo los derechos y obligaciones que les corresponde por ley.

En las personas jurídicas o morales, el domicilio es de dos tipos:

·         Domicilio físico: es la dirección en el cual ejercerán las actividades. Si la persona moral es una fábrica de quesos, la dirección física es el lugar en el que está la fábrica.

·         Domicilio fiscal: es la dirección que aparecerá en las facturas y demás documentos tributarios correspondientes. (Significados, 2021)


 

Significados. ( 24 de septiembre de 2021). Significados.com. Obtenido de Significados.com: https://www.significados.com/persona-fisica-y-moral/ Consultado

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